El 13 de octubre de 2016, Lorenza Cayuhán (35) llegó al Hospital de Arauco, Región del Biobío, por molestias relacionadas con su embarazo de 32 semanas. De acuerdo con el recurso de amparo interpuesto el 17 de octubre de ese año en la Corte de Apelaciones de Concepción, y que falló a su favor el 1 de diciembre de 2016, una preeclampsia, complicación del embarazo caracterizada por alzas de presión y daños en los órganos, inesperada, significó que la trasladaran a la Clínica de la Mujer del Sanatorio Alemán para adelantar su parto y salvar su vida y la de su hija.
De acuerdo con el documento de la Corte de Apelaciones de Concepción, Lorenza Cayuhán venía desde el Centro de Detención Preventiva de Arauco, y tanto en el hospital como en el sanatorio, se le obligó a usar grilletes en los pies, atados a la camilla de atención. Además, junto a ella permaneció un funcionario masculino de Gendarmería, presente mientras debía desnudarse y realizar sus exámenes ginecológicos.
En la segunda página, en el ítem de “Antecedentes” del hecho, se lee: “Siendo relevante que desde la internación en esta clínica, durante la ejecución de la cesárea y hasta después del alumbramiento, Lorenza Cayuhán permaneció atada a la camilla a través de grilletes. Incluso, habiendo ingresado a la sala de parto y presenciado el mismo un gendarme de sexo masculino”.
Tres años después, Valentina Córdova (25), una joven privada de libertad, fue diagnosticada con un embarazo de alto riesgo en el Centro Penitenciario de Concepción, por un historial de alto consumo de drogas antes y durante los primeros meses de gestación.
Según el recurso de protección interpuesto por el Instituto Nacional de Derechos Humanos (INDH), fue el 3 de abril de 2019, cuando comenzaron las contracciones de Valentina Córdova, por lo que fue trasladada en un vehículo de Gendarmería sin medidas de seguridad hasta el Hospital de Concepción, donde al llegar se constató que tenía 8 centímetros de dilatación, por lo que fue ingresada directamente a pabellón de parto.
En su declaración, se aprecia que la joven solicitó anestesia epidural y firmó el consentimiento informado, sin embargo esta nunca fue aplicada, por lo que debió pujar casi una hora, sin calmantes hasta que el personal médico se percató que el feto no venía en posición normal. Sin embargo se le negó la posibilidad de cesárea, y en cambio, la matrona introdujo su mano en la cavidad pélvica para dar vuelta al feto, dando a luz casi inmediatamente después.
Valentina Córdova sufrió desgarros vaginales sin recibir sutura para tratar los cortes, según consta en el recurso de protección interpuesto el 17 de mayo de 2019 y fallada a su favor el 18 de marzo de 2020.
Fue la misma víctima que en su testimonio expuesto en el recurso de protección, declaró que su hijo recién nacido fue apartado inmediatamente de su lado, siendo ella trasladada a una habitación aislada en compañía de funcionarias de Gendarmería de Chile. Ahí, Valentina Córdova experimentó dolor en la zona vaginal y fuertes contracciones, por lo que las custodias pidieron en numerosas ocasiones que personal médico chequeara su estado de salud, sin que nadie controlara su evolución.
Ese mismo día, a las 07:30 de la mañana, la joven fue dada de alta, volviendo al centro penal, donde la matrona de turno curó sus desgarros, regresando al hospital cerca de las 15:00 del mismo día, donde se mantuvo hasta el 6 de abril, día en que dieron de alta a su hijo.
Durante todo ese tiempo, Valentina Córdova no fue visitada por ningún médico, no se le entregó alimentación, ni concurrió personal de aseo del hospital, de acuerdo al testimonio expuesto en el recurso de protección interpuesto a la Corte de Apelaciones de Concepción, con fecha 03 de abril de 2019.
¿Qué tienen en común estas dos mujeres además de estar privadas de libertad? ¿Por qué recibieron estos tratos? ¿Hay protocolos a seguir en los centros penitenciarios que albergan a mujeres embarazadas?
La Guía Perinatal del Ministerio de Salud, establece que los embarazos normales de las mujeres privadas de libertad pueden controlarse en centros de atención primaria y las enfermerías de 23 de los 30 centros penitenciarios que albergan a población femenina del país son consideradas como tal.
Sin embargo, esta investigación logró constatar, a través de datos obtenidos mediante Ley de Transparencia y diversos documentos judiciales, del Instituto Nacional de Derechos Humanos (INDH), Gendarmería de Chile y testimonios de involucrados, que el 57% de los centros no cuentan con personal de salud gineco-obstétrico; un 63% de ellos derivan a las reclusas a otros centros asistenciales y el 20% no les entrega ningún tipo de atención ginecológica y obstétrica, tales como atención con matronas y entrega de anticonceptivos.
Esto se traduce en negligencias médicas en materias de salud de las internas, y violación de derechos humanos tales como el impedimento de que personas privadas de libertad accedan a atención médica e incumplimiento de protocolos internacionales y de gobierno.